La Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial de Córdoba resolvió suspender momentáneamente su plan de lucha tras una convocatoria de la Secretaría de Trabajo provincial. La conducción sindical dispuso suspender temporalmente las medidas de fuerza que afectaron el normal funcionamiento de los tribunales provinciales durante las últimas semanas. Las autoridades provinciales citaron formalmente a las partes con el propósito de destrabar un complejo conflicto salarial que acumulaba tres meses.
El gremio de los judiciales cordobeses venía de ejecutar un severo paro por 60 horas en los tribunales de la capital y de 72 horas en las sedes del interior. La asamblea extraordinaria de los delegados resolvió suspender el debate de las nuevas mociones de huelga para encauzar el diálogo institucional. La propuesta de mantener esta tregua hasta el mes de julio se impuso frente a las posturas opositoras que pretendían retomar los paros la próxima semana.
La reanudación de los canales de diálogo interrumpe un escenario de creciente hostilidad entre los trabajadores y los magistrados del Tribunal Superior de Justicia. Las comisiones de base advirtieron que volverán a las medidas de acción directa durante los primeros tres días de julio si no reciben propuestas superadoras. Las mesas examinadoras analizarán los detalles técnicos de los haberes pretendiendo que los acuerdos finales sean ratificados mediante la votación de los afiliados.
Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
Origen de las tensiones por reformas previsionales
La conflictividad sectorial se reactivó con fuerza luego de la aprobación legislativa de la Ley de Equidad Previsional a fines del período legislativo anterior. La normativa neutralizó de manera directa las mejoras de haberes que se habían consolidado tras un extenso proceso de negociaciones durante el año 2025. El convenio original estipulaba un programa de equiparación escalonado en cuatro etapas a completarse en tres años respecto de las remuneraciones percibidas en la Justicia Federal de Córdoba.
El esquema salarial previo había garantizado una recomposición inmediata de aproximadamente cuatro puntos para las categorías iniciales del escalafón técnico administrativo. Sin embargo, la posterior sanción de la ley número 11.087 perjudicó los ingresos de los empleados al elevar los aportes obligatorios con destino a la Caja de Jubilaciones. Los descuentos extraordinarios se fijaron en rangos que oscilan entre el 4% y el 8% mensual impactando fuertemente sobre el poder adquisitivo general.
La aplicación efectiva de la normativa previsional absorbió por completo el incremento del 4,16% que los sectores de menores recursos percibieron en junio. Las deducciones obligatorias generaron un perjuicio económico proporcionalmente mayor para las categorías jerárquicas más altas, incluyendo a los funcionarios de carrera y magistrados. Debido a la naturaleza progresiva de estos descuentos gubernamentales, el universo de agentes que quedan exceptuados del impacto se reduce de manera constante.