La Corte Suprema volvió a marcarle la cancha a la Municipalidad de Córdoba: revocó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia provincial que había convalidado el reclamo municipal contra el Banco Galicia, y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a sus criterios. Los tres jueces coincidieron en la resolución, aunque desarrollaron sus fundamentos en dos votos distintos.
Lo más grave del fallo es que no se trata de un hecho aislado: es la tercera vez que el máximo tribunal cuestiona el mismo artículo 231 del Código Tributario Municipal, después de los casos Laboratorios Raffo y Syngenta Agro. Pese a esas dos advertencias previas, la Municipalidad de Córdoba, bajo la gestión de Daniel Passerini, insistió con el mismo mecanismo de cobro y volvió a perder.
El fallo recuerda un principio elemental: una tasa requiere una prestación estatal identificable que respalde el cobro, y no alcanza con invocar de manera genérica la higiene, la asistencia social o el bienestar de la población. Con una justificación tan amplia, prácticamente cualquier actividad económica de la ciudad podría terminar gravada sin control real.
Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
La Municipalidad de Córdoba, otra vez obligada a probar lo que no puede probar
La Corte también cuestionó el criterio que había avalado el TSJ, que trasladaba al banco la obligación de demostrar que no había recibido el servicio. Para los jueces, es la Municipalidad de Córdoba la que debe acreditar la prestación que justifica el cobro, ya que es quien dispone de los registros y los medios para explicarlo.
El fallo también marca que el monto cobrado debe guardar una relación razonable con el servicio prestado. El ejemplo del matafuego resulta elocuente: que un banco aumente el volumen de sus operaciones no implica que revisar las condiciones de seguridad de una sucursal exija un esfuerzo proporcionalmente mayor. Si la recaudación de la Municipalidad de Córdoba crece igual, la gestión de Passerini debería poder explicar por qué.
La Corte Suprema volvió a marcarle la cancha a la Municipalidad de Córdoba
El costo real para el bolsillo de los cordobeses
La discusión no es abstracta: impacta directamente en el costo de los créditos. En un ejemplo ilustrativo, un préstamo de un millón de pesos a devolver en doce cuotas puede generar un costo adicional de $347.000, de los cuales $112.000 corresponden a impuestos y tasas —un 32,3% del costo total del financiamiento—, de los que cerca de $20.000 quedan en manos del municipio.
Ese dato pone en jaque el discurso de quienes se preocupan públicamente por los deudores sin revisar cuánto agregan sus propias administraciones al costo del crédito. La Municipalidad de Córdoba, que integra ese esquema de presión tributaria, también carga con esa responsabilidad cada vez que un vecino no puede afrontar una cuota.
Después de tres advertencias de la Corte Suprema, la Municipalidad de Córdoba debería poder explicar qué cobra, por qué lo cobra y qué entrega a cambio. Mientras la gestión de Daniel Passerini no revise esa práctica, serán los propios vecinos quienes deban llegar hasta los tribunales para conseguir una respuesta que la política todavía no da.