Sueños Compartidos: absolvieron a Julio De Vido y condenaron en suspenso a José López, Fatala y los hermanos Schoklender

Sueños Compartidos: absolvieron a Julio De Vido y condenaron en suspenso a José López, Fatala y los hermanos Schoklender
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porRedacción
Política

El Tribunal Oral Federal 5 condenó a José López, Abel Fatala y los hermanos Schoklender por el desvío de $206,4 millones, mientras Julio De Vido fue absuelto y ninguno de los condenados recibió prisión efectiva

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El Tribunal Oral Federal 5 dictó sentencia en la causa Sueños Compartidos, la cual investigó la masiva malversación de fondos públicos asignados a la Fundación Madres de Plaza de Mayo entre los años 2005 y 2011 para el proyecto de construcción de viviendas sociales. A pesar del daño producido al erario público, el veredicto eximió de prisión efectiva a los principales acusados mediante el dictado de penas en suspenso y absoluciones.

El fallo fue subscripto por los jueces Adriana Paliotti, Adrián Grünberg y Daniel Obligado, quienes determinaron que ninguno de los imputados condenados irá a la cárcel hasta tanto la decisión no quede firme. Cabe recordar que los magistrados Adrián Grünberg y Daniel Obligado integraron la mayoría que en 2021 absolvió a la ex presidenta Cristina Kirchner en la causa Los Sauces-Hotesur, medida que posteriormente fue revocada por la Cámara Federal de Casación Penal. En esta oportunidad, el tribunal oral dispuso que la lectura de los fundamentos de la sentencia se realice el próximo 13 de noviembre.

José López y Julio De Vido
José López y Julio De Vido

En el plano individual, la resolución judicial dispuso las siguientes penas en suspenso y absoluciones:

Julio De Vido (ex ministro de Planificación Federal): Fue absuelto por mayoría. El ex funcionario presenció el dictado del veredicto vía videoconferencia desde su chacra en Zárate, donde cumple prisión domiciliaria. Pese a esta absolución, Julio De Vido conserva 5 condenas en la justicia federal: por la Tragedia de Once (4 años de prisión firme), "Trenes Chatarra" (4 años), GNL (4 años), Odebrecht (3 años en suspenso) y el caso Skanska (5 años e inhabilitación perpetua).

José López (ex secretario de Obras Públicas): Fue condenado por mayoría a 2 años y 9 meses de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al ser considerado coautor penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada por ser cometida contra la administración pública. Con este veredicto, José López suma 5 condenas en su contra. Anteriormente acumulaba tres condenas firmes unificadas en 13 años de prisión (por los bolsos con USD 9 millones en General Rodríguez, tenencia ilegítima de arma y la causa Vialidad), además de una condena de 5 años e inhabilitación perpetua en el caso Skanska. Siguió la audiencia por videoconferencia desde la cárcel de Ezeiza.

Abel Fatala (ex subsecretario de Obras Públicas): Recibió una pena de 2 años y 9 meses de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al ser hallado coautor penalmente responsable de administración fraudulenta.

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Sergio Schoklender
Sergio Schoklender

Sergio Schoklender (ex apoderado de la Fundación Madres de Plaza de Mayo): Fue condenado por mayoría a 2 años y 8 meses de prisión en suspenso como partícipe necesario y coautor penalmente responsable de administración fraudulenta. Sergio Schoklender registraba previamente una condena a prisión perpetua por el homicidio de sus padres en 1981 (pena impuesta en 1985), habiendo recuperado la libertad condicional en 1995.

Pablo Schoklender (ex administrador de la Fundación Madres de Plaza de Mayo): Fue condenado por mayoría a 2 años y 4 meses de prisión en suspenso por administración fraudulenta. También registraba una condena a prisión perpetua como coautor del crimen de sus padres (dictada en 1986), con libertad condicional otorgada en 2001.

Absoluciones por unanimidad: El tribunal absolvió a Claudio Freidin (ex asesor de la Secretaría de Obras Públicas), Carlos Castellano (ex funcionario de Planificación), Daniel Nasif (ex presidente del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de Santiago del Estero) y Silvia Karina Nasif (ex administrativa de la gobernación de Santiago del Estero).

La causa examinó el desvío de $206.438.454,05 que estaban destinados a la construcción de viviendas sociales. Dicho monto formaba parte de una caja total de cerca de 900 millones de pesos que entre 2008 y 2011 el gobierno de Cristina Kirchner le giró a la Fundación Madres de Plaza de Mayo para ejecutar las obras. Cabe recordar que la entonces titular de la entidad, Hebe de Bonafini, había sido enviada a juicio oral en este expediente antes de su fallecimiento en 2022.

Sergio Shocklender y Hebe de Bonafini
Sergio Shocklender y Hebe de Bonafini

Las obras se asignaron de forma directa bajo una condición de exclusividad y se concentraron en provincias y municipios vinculados políticamente con el gobierno nacional de aquellos años. La distribución del proyecto abarcó la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios bonaerenses de Tigre, Almirante Brown y Ezeiza, las ciudades de Rosario y Santa Fe, San Carlos de Bariloche, y las provincias de Chaco, Santiago del Estero y Misiones. Gran parte de los desarrollos habitacionales quedaron abandonados o nunca se construyeron, obligando a los gobiernos municipales a concluirlos con recursos estatales, mientras que los trabajadores del proyecto no cobraron sus haberes ni recibieron los aportes correspondientes.

Como parte de la sentencia, el Tribunal Oral Federal 5 dispuso el decomiso de más de 200 millones de pesos que deberán ser restituidos al Estado e inflacionariamente actualizados cuando el veredicto adquiera firmeza.

El veredicto se conoció al cabo de 6 meses de debate oral con sesiones semanales en Comodoro Py y modalidad mixta, tras 15 años de trámite judicial iniciado en 2011 por una investigación periodística de Clarín. La resolución ocurrió al borde de la prescripción, respecto de la cual las defensas solicitaron el cierre del expediente invocando el artículo 354 del Código Procesal y sosteniendo que el plazo de 6 años venció tomando como límite la citación a juicio del 8 de julio de 2020. Por su parte, el fiscal general Diego Velasco rechazó ese argumento fijando la fecha límite en el 15 de septiembre de 2020 y señalando la suspensión de plazos para imputados ligados a la función pública.

Julio De Vido
Julio De Vido

Durante el juicio, el fiscal Diego Velasco y la representante de la Unidad de Información Financiera, Marianella Teich, habían requerido penas de 6 años de prisión e inhabilitación especial para Julio De Vido, José López, Abel Fatala, Sergio Schoklender y Pablo Schoklender, además de pedir 4 años para el resto de los acusados. En sus fundamentos acusatorios, el fiscal Diego Velasco remarcó:

“Se ha demostrado cómo a través de un esquema criminal pergeñado y organizado desde el estado nacional en connivencia con los responsables del proyecto ´Misión Sueños Compartidos´ de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, tanto Sergio y Pablo Schoklender, como apoderados, se adjudicaron a través de contrataciones directas obra pública de construcción de viviendas sociales y hospitales en diferentes provincias afines al gobierno nacional de esos años”.

Por último, tras escuchar la condena en Comodoro Py, Sergio Schoklender arremetió contra la Justicia manifestando que los jueces “no se animaron no se animaron, después de 15 años, a reconocer el disparate que habían hecho”. El ex apoderado agregó que “esto es Comodoro Py”, aseveró que “no se desvió un puto fondo”, y argumentó que imponer una pena de 2 años y 8 meses en suspenso demuestra que la sanción aplicada resulta puramente simbólica.


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