La justicia masista finalmente ordenó el traslado de Luis Fernando Camacho desde la cárcel de Chonchocoro hasta Santa Cruz. El gobernador cruceño deberá asistir de manera presencial a su juicio oral por el caso Decretazo.
La audiencia está fijada para este viernes 25 de julio en la capital oriental. Esta decisión llega luego de catorce intentos fallidos de traslado. Todos fueron impedidos por incumplimientos de Régimen Penitenciario.
El fallo fue resultado de una acción de libertad presentada por la defensa de Camacho. La sentencia constitucional que ordena el traslado es de cumplimiento obligatorio.
El abogado Martín Camacho aseguró que ya no existen excusas administrativas. Dijo que cualquier incumplimiento ahora constituiría un delito penal. Se notificó formalmente a Chonchocoro el 15 de julio.
El proceso judicial por el caso Decretazo se basa en el Decreto Departamental 373. Mediante ese decreto, Camacho delegó sus funciones en 2022 a un secretario y no al vicegobernador.
Esta acción fue considerada contraria a la Constitución y al Estatuto Autonómico. La Fiscalía acusó al gobernador de emitir resoluciones ilegales. El juicio debía comenzar a inicios de este año.
Sin embargo, la audiencia fue suspendida catorce veces por la falta de traslado. Las autoridades penitenciarias alegaron falta de presupuesto y combustible. También mencionaron bloqueos y problemas de seguridad.
La defensa respondió que esas eran excusas sin sustento legal. Finalmente se logró un fallo que exige la presencia de Camacho en el tribunal.
El abogado Martín Camacho explicó que el fallo judicial es claro. No admite recursos ni apelaciones posteriores. La sentencia dispone que el traslado se cumpla de inmediato.
Además, el gobernador deberá permanecer en Palmasola durante el juicio. Así lo establece también la resolución judicial vigente.
Negativas del régimen

La última negativa se produjo en junio de este año. La directora de Régimen Penitenciario en La Paz se negó a gestionar pasajes. Argumentó limitaciones logísticas sin presentar informes válidos.
Ante esa situación, la defensa activó la acción de libertad. Y ahora la justicia falló a su favor.









