La jueza federal Mariel Borruto ordenó a Rockhopper y Navitas paralizar las obras y perforaciones hasta realizar una evaluación de impacto ambiental conforme a la legislación argentina.
En el marco del histórico cambio de paradigma geopolítico impulsado por el presidente Javier Milei, la República Argentina ha dejado atrás décadas de inacción, pasividad y complicidad kirchnerista para desplegar un combate frontal, legal y económico en defensa de la soberanía nacional sobre las Islas Malvinas. El hito central de esta embestida ocurrió en los tribunales de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, donde la Justicia Federal de Río Grande dictó una histórica medida cautelar que ordena congelar de forma inmediata el avance del proyecto Sea Lion ("León Marino"), situado en la cuenca norte de las Islas Malvinas.
La firme resolución fue firmada por la jueza federal Mariel Borruto, quien hizo lugar a una presentación promovida de forma conjunta por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).
Mariel Borruto
En su fallo, la jueza Mariel Borruto ordenó expresamente a las firmas ilegítimas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited que, "en cuanto de ellas dependa", se abstengan de "iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar actos materiales de ejecución" del proyecto petrolero Sea Lion.
La orden judicial es absoluta y alcanza a las perforaciones del lecho o subsuelo marino para desarrollar o explotar hidrocarburos, la instalación permanente de infraestructura submarina, el tendido de conductos, líneas de flujo y sistemas de control, así como la puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga (FPSO), el inicio de la extracción comercial y la construcción u homologación de obras terrestres o portuarias de apoyo.
Dentro de este último rubro, el fallo bloqueó de forma taxativa cualquier ampliación portuaria, base logística, planta para preparar lodos de perforación y cemento, depósito de productos químicos, infraestructura habitacional e instalaciones destinadas al apoyo aeronáutico en la zona.
El presidente, Javier Milei.
La magistrada fundamentó su decisión en los principios preventivo y precautorio de la legislación ambiental argentina, estableciendo que la prohibición se mantendrá vigente hasta tanto se realice el procedimiento de evaluación de impacto ambiental (EIA) previsto en la Ley General del Ambiente ante las autoridades nacionales competentes de la República Argentina. La resolución citó un informe oficial de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente, fechado el 24 de febrero, el cual certificó de forma incontestable que las empresas usurpadoras no habían presentado "ningún aviso de proyecto" ni iniciado trámite alguno ante los organismos argentinos.
Al analizar el peligro en la demora, la jueza Mariel Borruto sostuvo enfáticamente que "el riesgo no es hipotético ni remoto", comprobando que la iniciativa contemplaba 23 pozos (16 productores de petróleo, 6 de inyección de agua y 1 remoto de inyección de gas), junto con unidades móviles de perforación que exponían el ecosistema a alteración del lecho marino, contaminación química, ruido submarino, descargas operativas y derrames. Asimismo, la magistrada remarcó que detrás de la cautelar subyace "la defensa de la soberanía nacional", definiéndola como un bien colectivo indivisible y un interés federal superior.
Como parte del rigor procesal, el juzgado intimó a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum a presentar, en el plazo perentorio de diez días judiciales desde su notificación, una declaración jurada acompañada de documentación que detalle el estado actual de Sea Lion.
Proyecto petrolero Sea Lion
Las firmas deberán transparentar el cronograma de construcción, perforación e instalación, la cantidad y ubicación de pozos, las unidades flotantes contratadas, sus principales contratistas y subcontratistas, la estructura societaria utilizada, las entidades financieras y fondos de inversión involucrados, los desembolsos efectuados, comprometidos o pendientes, las aseguradoras y reaseguradoras, así como los estudios ambientales, análisis de riesgo y modelizaciones de derrames.
Adicionalmente, la jueza ordenó a las corporaciones "preservar íntegramente" toda la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa, prohibiéndoles destruirla, alterarla u ocultarla.
En paralelo a la vía ambiental civil de Río Grande, la ofensiva del Gobierno de la Libertad avanza con furia en el ámbito penal en los tribunales federales de Comodoro Py. En la causa CFP 4492/2026, radicada ante el Juzgado Federal N° 11 a cargo del juez Julián Ercolini, se dispuso el proveído "Téngase por impulsada la acción penal" tras el duro requerimiento presentado por el fiscal Carlos Stornelli.
Esta investigación penal —originada por la denuncia del canciller Pablo Quirno y el procurador del Tesoro, Sebastián Amerio— apunta a establecer la responsabilidad penal por la exploración y explotación clandestina de hidrocarburos sin autorización argentina contra la firma Desire Petroleum Limited (anteriormente Desire Petroleum Public Limited Company), sus sociedades controlantes o vinculadas y el grupo Rockhopper.
Proyecto petrolero Sea Lion
En dicho expediente, se requirieron informes a la Secretaría de Energía, Cancillería, Jefatura de Gabinete, Ministerio de Seguridad y Procuración del Tesoro, disponiendo además la certificación de la causa CFP 4437/2026 y librando un exhorto internacional al Reino Unido para obtener información societaria, directiva y bancaria completa desde el año 2012.
El acorralamiento judicial sobre Sea Lion —que proyectaba extraer 170 millones de barriles de crudo en su primera fase a partir de 2028 con una inversión de US$ 2.200 millones y una producción de 50.000 barriles diarios— convalida la estrategia de asfixia económica diseñada por la Casa Rosada. Al acortar los plazos sancionatorios e imponer inhabilitaciones comerciales de entre 5 y 20 años bajo el Decreto 868/2026, el presidente Javier Milei forzó a las multinacionales a elegir entre la piratería o la colosal rentabilidad legal de Vaca Muerta y el RIGI.
Esta política ya logró que las tres mayores empresas mundiales de servicios petroleros —SLB, Baker Hughes y Halliburton— capitularan y abandonaran el archipiélago, dejando al consorcio anglo-israelí sin tecnología de punta ni proveedores globales.