El Gobierno nacional dio un nuevo paso para poner en marcha los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) creados por la reforma laboral y reglamentó los activos financieros en los que podrán invertirse los recursos destinados al pago de indemnizaciones y retiros voluntarios.
La medida fue establecida mediante una resolución del Ministerio de Economía publicada en el Boletín Oficial y resulta clave para completar el esquema que comenzará a funcionar a partir del 1° de noviembre.
La normativa determina qué instrumentos podrán integrar los fondos, qué niveles de liquidez deberán mantener las entidades administradoras y cuáles serán los límites para evitar una concentración excesiva de las inversiones.
En qué podrán invertir los fondos para indemnizaciones
Los FAL podrán invertir exclusivamente en instrumentos financieros o valores negociables argentinos, siempre denominados y pagaderos en pesos. La normativa excluye las inversiones en moneda extranjera y los instrumentos emitidos en el exterior.
El dinero podrá colocarse en cuatro grandes categorías: deuda del Estado Nacional, deuda de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, depósitos en entidades financieras autorizadas por el Banco Central y obligaciones negociables de empresas privadas emitidas en Argentina.
En qué podrán invertir los fondos para indemnizaciones
Además, los instrumentos deberán cumplir determinados requisitos de seguridad. En el caso de las obligaciones negociables y la deuda provincial, deberán contar con autorización de oferta pública, negociación en mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores y una calificación de riesgo AAA otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la CNV.
La reglamentación también permite instrumentos con rendimiento a tasa fija, tasa mayorista TAMAR, ajuste por inflación mediante CER o mecanismos vinculados al dólar, además de determinados bonos duales.
El Gobierno estableció límites para diversificar las inversiones
La resolución establece límites específicos para reducir los riesgos de concentración.
Los FAL podrán colocar hasta 15% de su patrimonio en depósitos de una misma entidad financiera, mientras que la inversión en deuda provincial y de la Ciudad de Buenos Aires tendrá un límite general del 15%, con un máximo del 5% por jurisdicción.
En el caso de las obligaciones negociables, el límite será del 20%, aunque ningún emisor podrá representar más del 10% del fondo.
Los instrumentos denominados dollar-linked, vinculados a la evolución del tipo de cambio, tendrán un límite del 10%.
Además, los bancos que administren estos fondos no podrán invertir en instrumentos emitidos por ellos mismos, sus controlantes, controladas o empresas vinculadas, salvo determinadas excepciones operativas.
Los FAL deberán mantener un piso de liquidez
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la obligación de mantener al menos el 10% del patrimonio de cada FAL en activos de alta liquidez y bajo riesgo de mercado.
Entre estos instrumentos se encuentran los depósitos a la vista, los plazos fijos precancelables y las letras del Tesoro Nacional de corto plazo.
El objetivo es garantizar que exista dinero disponible cuando una empresa deba afrontar el pago de una indemnización.
En caso de que el nivel de liquidez caiga por debajo del 10% como consecuencia del pago de prestaciones, la entidad administradora tendrá 90 días corridos para recuperar el porcentaje mínimo establecido.
Cómo funcionará el nuevo sistema de indemnizaciones
La reforma laboral estableció que los empleadores privados deberán realizar aportes mensuales a estos fondos para afrontar futuras indemnizaciones y retiros voluntarios.
El aporte será del 1% para las empresas grandes y del 2,5% para las pymes, según el esquema establecido por la reforma.
El dinero será girado a la ARCA y posteriormente dirigido al banco o agente de liquidación y compensación elegido por la empresa para administrar su FAL.
Las empresas podrán optar entre fondos administrados específicamente para ellas o fondos multiempresa que agrupen los aportes de distintos empleadores.
El dinero acumulado tendrá un destino específico: pagar indemnizaciones por despido o retiros voluntarios. No podrá utilizarse para otros fines.
Bancos y alycs competirán por administrar los fondos
La reglamentación abre también una nueva posibilidad de competencia dentro del sistema financiero, ya que bancos y agentes de liquidación y compensación (ALyC) podrán administrar los FAL.
La comisión que cobren las entidades administradoras tendrá un tope del 1% de los fondos administrados.
Además, se prevé la denominada "portabilidad", que permitirá que una empresa traslade el fondo administrado por una entidad hacia otra si encuentra mejores condiciones de inversión.
Sin embargo, la empresa deberá depositar el aporte mensual completo en un único FAL y no podrá dividirlo entre distintas entidades.
Un nuevo paso de la reforma laboral
La reglamentación de las inversiones completa una parte central del esquema diseñado por el Gobierno para modificar el sistema de financiamiento de las indemnizaciones laborales.
Con reglas específicas de inversión, límites de concentración y un piso obligatorio de liquidez, el Ejecutivo busca que los fondos puedan preservar el capital aportado y mantenerse disponibles cuando llegue el momento de afrontar una indemnización.
La CNV tendrá ahora 45 días corridos para dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para terminar de implementar el sistema.
De esta manera, el Gobierno avanza con uno de los componentes centrales de la reforma laboral, con el objetivo de que los Fondos de Asistencia Laboral comiencen a operar desde el 1° de noviembre.