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Graciela Figueredo fue cesada del Ministerio de Defensa por negar el relato oficial de la izquierda

Graciela Figueredo fue cesada del Ministerio de Defensa por negar el relato oficial de la izquierda
Graciela Figueredo.
Imagen de Carlos Torres
porCarlos Torres
Política

En un episodio nefasto que desnuda la fragilidad de las garantías procesales, la abogada Graciela Figueredo fue removida de su cargo como asesora en el Ministerio de Defensa

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La cesantía de una voz incómoda: cuando decir la verdad sobre la justicia uruguaya se paga con el cargo

En un episodio que desnuda como pocos la fragilidad de las garantías procesales en nuestro país, la abogada Graciela Figueredo fue removida de su cargo como asesora jurídica del comandante en jefe del Ejército, general Mario Stevenazzi. La decisión, tomada por la ministra de Defensa Nacional, Sandra Lazo, respondió, pura y llanamente, a que Figueredo se atrevió a exponer ante el Parlamento Europeo lo que muchos uruguayos saben pero pocos se animan a decir en voz alta: en los juicios por hechos ocurridos hace más de medio siglo, la presunción de inocencia ha sido sustituida por una presunción de culpabilidad, y la carga de la prueba se ha invertido de manera flagrante.

Figueredo, con una trayectoria de años defendiendo a militares y policías procesados en estas causas, viajó a Bruselas invitada a un debate sobre seguridad jurídica y voluntad popular. Allí, con la serenidad de quien conoce los expedientes al detalle, explicó lo que los tribunales uruguayos practican sistemáticamente: no se exige prueba fehaciente para condenar. Basta el testimonio —a menudo único y distante en el tiempo— de quienes estuvieron detenidos. No importa que los hechos daten de la década del 70, que los acusados sean ancianos de más de 80 años o que las evidencias documentales brillen por su ausencia. En estas causas, la regla es clara: el militar o policía debe demostrar su inocencia. El Estado, en cambio, no tiene que probar casi nada.

Es la inversión del onus probandi convertida en política de Estado. Un principio elemental del derecho penal —que el acusador pruebe la culpa, no que el acusado pruebe su inocencia— ha sido dejado de lado en nombre de una supuesta “verdad histórica” que, en los hechos, se traduce en una caza selectiva. Figueredo no negó los excesos ni los crímenes puntuales. Simplemente recordó que el Estado de derecho no puede construirse sobre la base de violar sus propias reglas. Y por eso pagó.

La reacción no se hizo esperar. Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos emitió un comunicado furibundo, denunciando la designación inicial de Figueredo y exigiendo su cabeza. La organización, que ha convertido la memoria en un instrumento político de uso exclusivo, no tolera que alguien cuestione el relato único. Para ellos, cualquier defensa técnica de los acusados es “negacionismo” y cualquier llamado al debido proceso es “impunidad”. La ministra Lazo, ante la presión, optó por la salida más cómoda: cesar a la abogada. “No hay neutralidad posible frente al silencio”, justificó. Traducción: quien no se pliegue al guion oficial, fuera.

Este episodio no es un incidente aislado. Es la expresión de un problema estructural que arrastra Uruguay desde hace décadas. Los juicios por delitos de lesa humanidad se han convertido en un mecanismo donde la retroactividad de la ley, la imprescriptibilidad selectiva y la interpretación extensiva de los hechos priman sobre las garantías constitucionales. Se procesa y condena a personas por acciones ocurridas en un contexto de guerra interna —donde el terrorismo tupamaro y la respuesta estatal marcaron una época— como si se tratara de crímenes comunes cometidos en democracia plena. Se ignora que muchos de esos militares actuaron bajo órdenes legítimas de gobiernos electos y que la sociedad uruguaya, en su momento, respaldó mayoritariamente el restablecimiento del orden.

Lo más grave es el mensaje que envía esta cesantía al conjunto de las Fuerzas Armadas. El Ejército no es un actor político. Es una institución del Estado cuya función es defender la soberanía y la Constitución. Designar a una abogada experimentada como asesora jurídica no era un acto de provocación; era un acto de sensatez institucional. Removerla por haber dicho en Europa lo que no se puede decir aquí equivale a admitir que la verdad judicial molesta más que la mentira conveniente.

Figueredo no es la primera ni será la última voz silenciada en este debate. Pero su caso ilustra con crudeza hasta qué punto ciertos sectores del oficialismo y las organizaciones de derechos humanos entienden la “memoria” como un monopolio ideológico. No aceptan el disenso. No toleran que se recuerde que en los años 70 hubo dos violencias: la del Estado y la del terrorismo que quiso derrocar la democracia por las armas. No admiten que la reconciliación nacional pasa por aplicar la ley por igual, sin venganzas diferidas ni revisiones históricas a medida.

La ministra Lazo eligió el camino fácil: sacrificar a una funcionaria competente para calmar a un sector activista. Con ello, no solo debilitó la institucionalidad del Ejército; también confirmó que, en materia de “derechos humanos”, en Uruguay hay verdades intocables y herejías que se pagan con el puesto. Graciela Figueredo, al menos, tuvo el coraje de decir en el exterior lo que muchos callan en casa. Su cesantía no borra lo dicho. Solo confirma que la presunción de inocencia, en algunos juzgados y en algunos despachos ministeriales, sigue siendo un lujo reservado para muy pocos.


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