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El Gobierno de Milei apelará el fallo que suspendió 83 artículos de la reforma laboral tras una cautelar de la CGT

El Gobierno de Milei apelará el fallo que suspendió 83 artículos de la reforma laboral tras una cautelar de la CGT
porRedacción
Política

El Ministerio de Capital Humano anunció que recurrirá la decisión del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 que frenó de forma provisoria 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral aprobada por el Congreso.

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El Gobierno nacional confirmó que apelará el fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que resolvió aceptar una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspender la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, una de las reformas estructurales impulsadas por la gestión de Javier Milei para transformar el mercado laboral argentino. La decisión oficial fue comunicada este lunes por el Ministerio de Capital Humano, luego de que se conociera la resolución judicial que dejó en suspenso parte de la nueva legislación sancionada por el Congreso. El anuncio se difundió a través de un mensaje en la red social X publicado por la ministra Sandra Pettovello, quien además arrobó al Presidente.

Desde el Gobierno señalaron que defenderán la norma “sancionada por amplia mayoría del Congreso de la Nación y concebida como herramienta fundamental”, y que se agotarán todas las instancias judiciales necesarias “para garantizar la plena vigencia de la Ley N° 27.802, en tanto expresión inequívoca de la voluntad legislativa y mandato de la actual gestión de gobierno”. El fallo judicial representa un revés momentáneo para el Ejecutivo, que había presentado la reforma como un instrumento clave para promover la creación de empleo formal, aumentar la competitividad y ofrecer mayor seguridad jurídica tanto a trabajadores como a empleadores. Sin embargo, la administración libertaria reafirmó que continuará defendiendo el contenido de la ley frente a lo que considera intentos de frenar la modernización del sistema laboral.

El presidente, Javier Milei.
El presidente, Javier Milei.

La suspensión de los artículos cuestionados fue solicitada por la CGT, que planteó la inconstitucionalidad de varios cambios introducidos en la nueva legislación. La central sindical —representada por sus cotitulares Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo— sostuvo ante la Justicia que las modificaciones afectarían principios y derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Nacional y por tratados internacionales ratificados por la Argentina. Entre ellos mencionaron el derecho a la protección laboral, la libertad sindical, la no discriminación y la progresividad de los derechos sociales.

En ese contexto, la Justicia resolvió suspender de manera provisoria la aplicación de los 83 artículos, al considerar que la demanda presentada por la CGT reunía los requisitos procesales para tramitarse como una acción declarativa colectiva, conforme a la jurisprudencia y regulaciones vigentes. El tribunal explicó que la medida cautelar apunta a mantener el “status quo” y evitar eventuales daños irreparables a derechos individuales y colectivos protegidos por la legislación anterior, hasta que se resuelva el fondo del caso.

Capital Humano en X
Capital Humano en X

El fallo también aclaró que la suspensión tiene carácter temporal y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de la norma. Según el tribunal, “la suspensión urgente de los efectos de las normas atacadas brindará mayor seguridad jurídica para todas las personas e instituciones involucradas”.

En el texto judicial se detalla que las objeciones sindicales apuntan, entre otros aspectos, a la exclusión de trabajadores de plataformas tecnológicas de la protección general, la eliminación de la presunción de relación laboral por prestación de servicios, la reducción de garantías en casos de tercerización y la flexibilización de normas vinculadas con la jornada laboral y las vacaciones.

Por su parte, el Estado Nacional, representado por la Secretaría de Trabajo y la Procuración del Tesoro de la Nación, planteó objeciones formales y sustanciales frente a la demanda impulsada por la CGT. Entre los argumentos oficiales se mencionó la falta de legitimación activa de la central sindical para representar a la totalidad de los trabajadores, la inexistencia de un “caso o controversia” concreto y la defensa de la presunción de legitimidad de la actividad legislativa.

Además, desde el Estado se advirtió que una suspensión temporal de la ley afecta el interés público y la división de poderes establecida por la Constitución, al dejar en pausa una norma aprobada por el Congreso.

En línea con esa postura, el Gobierno reafirmó su compromiso con la reforma y rechazó los intentos de “quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar” lo que considera “una herramienta fundamental para la modernización del mercado laboral argentino”. El comunicado oficial insiste en que se agotarán todas las instancias judiciales para asegurar la plena vigencia de la ley, al entender que refleja la voluntad legislativa y forma parte central del programa de gobierno.

Ministerio de Capital Humano
Ministerio de Capital Humano

En términos concretos, la medida judicial impacta sobre artículos que modifican el alcance de la Ley de Contrato de Trabajo, introducen nuevas regulaciones para las plataformas tecnológicas, limitan la responsabilidad solidaria de los empleadores, eliminan el principio “in dubio pro operario” y reforman aspectos relacionados con los estatutos de huelga y la representatividad sindical. También contempla la derogación de la ley de teletrabajo (N° 27.555) y la creación de nuevos fondos de asistencia laboral, entre otros puntos incluidos en la reforma.

Como consecuencia de la suspensión provisional de los 83 artículos, hasta que exista una sentencia definitiva sobre la validez constitucional de la norma continuarán aplicándose los derechos y garantías establecidos en las leyes anteriores. Esto abarca, entre otros aspectos, la protección de los trabajadores ante despidos, las condiciones salariales y las reglas vigentes de representatividad sindical.

Desde la CGT celebraron la resolución judicial. El secretario adjunto de la central obrera, Andrés Rodríguez (UPCN), afirmó que el fallo representa “un gran paso adelante” y sostuvo que la decisión “declara muchos artículos, incluso más de los que habíamos presentado nosotros, como inconstitucionales”. Mientras tanto, el Gobierno ya prepara la apelación con el objetivo de revertir la medida y restablecer la plena vigencia de la reforma laboral impulsada por la administración de Milei.


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